Plazo de solicitud:

  • Hasta el 31 de diciembre de 2016.

• Actuaciones subvencionables:

1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

• Requisitos:

  • Edificios: edificios de viviendas anteriores a 2014.
  • Edificios que mejoren la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra con respecto a la calificación inicial del edificio.
  • El edificio debe contar con el Informe de Evaluación de Edificios.

• Beneficiarios:

  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades, propietarios de viviendas unifamiliares o propietarios únicos de edificios de viviendas.
  • Empresas de servicios energéticos.

• La cuantía y tipo de ayuda:

1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica:

  • Subvención:- Ayuda base: 30% del coste (máximo 6.000 euros por vivienda)- Ayuda adicional por criterio social (vivienda): 15 %

    – Ayuda adicional por criterio eficiencia energética o actuación integrada: hasta un 20%

  • Préstamos reembolsables de hasta el 60% del coste (máximo 12.000€ por vivienda).

2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación:

  • Subvención:- Ayuda base: 20% del coste- Ayuda adicional por criterio eficiencia energética: hasta un 10%
  • Préstamos reembolsables de hasta el 70% del coste.

3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas:

  • Subvención:- Ayuda base: 25% del coste- Ayuda adicional por criterio social (vivienda): 5 %

    – Ayuda adicional por actuación integrada: hasta un 10%

  • Préstamos reembolsables de hasta el 65% del coste.

4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas:

  • Subvención:- Ayuda base: 30% del coste- Ayuda adicional por criterio social (vivienda): 10 %

    – Ayuda adicional por criterio eficiencia energética: hasta un 15%

  • Préstamos reembolsables de hasta el 60% del coste.

Normativa:

  • Resolución del Consejo de Administración de 24 de marzo de 2015, por la que se modifican las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero), publicada mediante resolución, de 25 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía
    http://www.boe.es/boe/dias/2015/05/05/pdfs/BOE-A-2015-4993.pdf

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