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NUEVAS SUBVENCIONES REHABILITACIÓN RENOVACION Y REGENERACION GOBIERNO ARAGÓN CONVOCATORIAS EN ARAGÓN ABRIL DE 2015

Publicadas en el BOA de 24 de ABRIL:

 

ORDEN de 24 de abril de 2015, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se regulan los procedimientos de tramitación de las ayudas correspondientes al programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas, del Plan aragonés para el fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas en el periodo 2014-2016.

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Las actuaciones subvencionables

a) Rehabilitación. Ejecución de obras o trabajos de mantenimiento e intervención en edificios y viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes, a fin de adecuarlos a la normativa vigente. En el caso de rehabilitación integral de un edificio solo será subvencionable el mismo número de viviendas existente antes de la rehabilitación. Los edificios deben ser de uso predominante residencial, y pueden ser de una o más viviendas.

b) Urbanización y Reurbanización. Ejecución de las siguientes obras de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano: b.1. Obras de urbanización y reurbanización material de los espacios públicos tales como pavimentación, jardinería, infraestructuras, instalaciones, servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético, alumbrado, recogida, separación y gestión de residuos, telecomunicaciones y utilización del subsuelo.

b.2. Obras de mejora de la accesibilidad de los espacios públicos.

b.3. Obras destinadas a mejorar la eficiencia ambiental en materia de agua, energía, uso de materiales, gestión de residuos y protección de la biodiversidad.

c) Renovación. Obras de demolición y edificación de viviendas de nueva construcción. Los nuevos edificios deberán tener una calificación energética mínima B, y cumplir en todo caso con las exigencias del Código Técnico de la Edificación. Solo será subvencionable el mismo número de viviendas nuevas equivalente a las originales demolidas.

Beneficiarios

Los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios y los consorcios y entes asociativos de gestión.

La cuantía máxima de las ayudas

  • No excederá del 35 % del coste subvencionable, y
  • Rehabilitación: Hasta 11.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación.
  • Renovación – edificación: Hasta 30.000 euros por cada vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida.
  • Reurbanización: Para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano (obras de urbanización o reurbanización del ámbito), hasta 2.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación y/o por cada vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida.

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SUBVENCIONES REHABILITACIÓN GOBIERNO ARAGÓN CONVOCATORIAS EN ARAGÓN EN 2015

Publicadas en el BOA de 16 de enero de 2015:

ORDEN de 29 de diciembre de 2014 del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes por la que se convocan, para los ejercicios 2015 y 2016, ayudas de fomento a la rehabilitación edificatoria correspondientes al Plan Aragonés de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2014-2016

ORDEN de 29 de diciembre de 2014 del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes por la que se convocan, para el ejercicio 2015, ayudas de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios correspondientes al Plan Aragonés de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2014-2016


AYUDAS INFORME  EVALUACIÓN EDIFICIO

Cuantía de las ayudas:

  • Máximo de 20€ por vivienda y 20€/100 m2 útiles de local
  • Sin superar 500€
  • Sin superar el 50% del coste del informe por edificio. El coste subvencionable no incluye tributos

Condiciones:

  • Edificios tipología residencial de vivienda colectiva anteriores a 1981
  • Edificios que vayan a solicitar ayudas públicas para conservación, accesibilidad o eficiencia energética (DT1ª ley RRR)

Beneficiarios:

  • Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios
    Plazo de presentación: un mes, hasta el 16 de febrero de 2015

AYUDAS  REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS

Actuaciones incluidas: rehabilitación de edificios consistente en la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes, dirigidas a:

  • Su conservación
  • La mejora de la calidad y sostenibilidad
  • Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad (pronto Documento de Apoyo al DB-SUA en la materia)

    Subvenviones rehabilitacion Gobierno Aragón
    Subvenviones rehabilitacion Gobierno Aragón

CONSERVACIÓN:

Incluye obras y trabajos para subsanar deficiencias:
a) IEE o ITE desfavorable, relativas:
a1.) Cimentación, estructura e instalaciones.
a2) Cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes, solo si es BIC, catalogados o protegidos, o en conjunto histórico
a3) Resto solo si son simultaneas a calidad y sostenibilidad subvencionable.
b) Adaptación a normativa de instalaciones comunes

MEJORA DE LA CALIDAD Y SOSTENIBILIDAD

a) Envolvente térmica del edificio para reducir demanda energética. Deberá cumplir DB-HE1.

b) Instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de ACS y ventilación, o el  incremento de la eficiencia energética de los ya existentes.
c) Instalación de equipos de generación o de energías renovables que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio y la producción de agua caliente.
d) Mejora de la eficiencia energética de instalaciones comunes de ascensores e iluminación, del edificio o de la parcela
e) Mejora de las instalaciones que favorezcan el ahorro de agua, y la reutilización de las aguas grises y pluviales en el propio edificio o en la parcela o que reduzcan el volumen de vertido al sistema público de alcantarillado.
f) La mejora de instalaciones para recogida y separación de residuos.
g) Mejora del cumplimiento de DB-HR, protección contra el ruido.
h) El acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejorar la permeabilidad del suelo, adaptar la jardinería a especies de bajo consumo hídrico, optimizar los sistemas de riego y otras actuaciones bioclimáticas.
OJO: solo subvencionable si:
– Contiene actuaciones incluidas en una o varias de las letras a), b) o c), de forma que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida a la certificación energética, de al menos un 30% sobre la situación previa a dichas actuaciones.

AJUSTES RAZONABLES EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD:

Incluye obras e instalaciones de adecuación de edificios y accesos a las viviendas y locales, a la normativa vigente. En particular:
a) La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, (incluyendo accesibilidad sensorial), y adaptación de los existentes a la normativa sectorial correspondiente.
b) Productos de apoyo (grúas, etc) para acceso y uso de elementos comunes del edificio.
c) Elementos de información o de aviso y orientación.
d) Dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.


CUANTÍAS SUBVENCIONES REHABILITACIÓN GOBIERNO ARAGÓN

Máxima de 11.000 €/vivienda y por cada 100 m2 utiles de local (10% mas si en edificio es BIC o está protegido). Se calculará con los costes unitarios:

a) Nº de viviendas y nº locales/100 m2 multiplicados por:
1) Conservación 
Conservación 2000€
Conservación + sostenibilidad 3000€
Conservación+sostenibilidad+accesibilidad 4000€
2) Sostenibilidad
Reducción demanda energética >30% 2000€
Reducción demanda energética >50% 5000€
3) Accesibilidad
4000€

b) Máximo 35% del coste subvencionable. Solo en accesibilidad máximo el 50%

Condiciones:

1. Los edificios de tipología residencial colectiva; tres requisitos:
a) Estar finalizados antes de 1981.
b) Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
c) Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Puede descarga la documentacion de ayudas

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SUBVENCIÓN  INFORME EVALUACIÓN EDIFICIO

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SUBVENCIÓN REHABILITACIÓN EDIFICIOS

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