Abrir una peluquería en Zaragoza
Si has decidido abrir una peluquería en Zaragoza, desde ATZ Estudio te explicamos algunos de los requisitos y trámites que debes realizar:
Si has decidido abrir una peluquería en Zaragoza, desde ATZ Estudio te explicamos algunos de los requisitos y trámites que debes realizar:
¿Qué es una Comunicación Previa para obtención de licencia de actividad en Zaragoza?
Documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración municipal urbanística competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.
Este tipo de documento permite obtener la licencia de actividad en Zaragoza de forma inmediata.
Advertencia: En este tipo licencia de actividad en Zaragoza mediante comunicación previa tienen que coincidir el estado actual del local con el del ultimo expediente legalizado si no seria necesario una legalización de obras
También permiten conseguir la licencia de obras en algunos casos:
Tengo una mala calificación en mi certificado energético y no quiero hacer reformas, aun así, ¿puedo mejorar mi calificación?
Si, se puede lograr.
Tras la guerra de precios del certificado energético, los técnicos suelen introducir muchos datos de inmueble por defecto, esto no quiere decir que el certificado sea erróneo pero al tratarse de datos más conservadores el certificado energético obtenido tiene una calificación menor, menos ajustada a la realidad.
Nosotros revisamos la certificación energética en Zaragoza y te decimos si hay posibilidades de mejorar el resultado.
Desde ATZ estudio realizamos un certificado energético de calidad y garantizamos la máxima calificación posible de un local o vivienda para conseguir el mayor descuento en el Impuesto del IBI.
¿Cómo lo conseguimos?
Poseemos la instrumentación más avanzada (cámara termografica, medidor de transmitancia, programa cálculo puentes térmicos..) que nos permite conocer mejor el edificio y por tanto obtener una calificación de hasta 2 letras mejor.
Ejemplo real: certificado energético Zaragoza de inmueble situado calle Zurita.
Calle Zurita local comercial IBI: 150 € / mes
Calificación energética G Obtenida con parámetro por defecto o predeterminados.
Calificación energética C Obtenida tras una auditoría energética del local, midiendo todos los parámetros (iluminación, transmitancia, sombreamiento)
Este local pasa de una calificación energética G (sin bonificación) a una calificación energetica C (con un 12% de bonificación). Obtiene finalmente un ahorro en el impuesto del IBI de 216 € anuales, teniendo en cuenta que el certificado energético tiene una validez de 10 años el ahorro total seria de 2.160 €.
¿Cuánto me cuesta este certificado energético Zaragoza de calidad?
Cobramos un porcentaje del ahorro generado en el impuesto en un año, de tal manera que si no obtiene ahorro, no le cuesta dinero(*).
(*)Consultar condiciones espedificas del servicio.
Plazo de solicitud:
• Actuaciones subvencionables:
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.Leer
Pese a que lo más llamativo, cuando se busca información para realizar un Proyecto de local en Zaragoza, es el Precio que se pide por él, lo que realmente se debe tener en cuenta es el servicio, la rapidez y sobretodo hacerlo de modo correcto, es decir, que sea de calidad y realizado por un profesional con experiencia.
Leer
Muchas veces existe la duda por parte de los arrendatarios de un negocio si un local tiene la licencia de apertura en regla, según marca el ayuntamiento de Zaragoza. Lo habitual es acercarse al archivo municipal para cotejar que lo que figura en planos y en la realidad es lo mismo.
¿Que local escoger para no tener problemas en la licencia de apertura en Zaragoza?
Hoy en día muchos son quienes deciden emprender un negocio y ponerse a trabajar por su cuenta. Para tener éxito en esta aventura profesional es importante recibir una buena asesoría por parte de profesionales que nos orienten en los primeros pasos a seguir e la licencia de apertura en Zaragoza.Leer
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Publicadas en el BOA de 24 de ABRIL:
ORDEN de 24 de abril de 2015, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se regulan los procedimientos de tramitación de las ayudas correspondientes al programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas, del Plan aragonés para el fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas en el periodo 2014-2016.
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a) Rehabilitación. Ejecución de obras o trabajos de mantenimiento e intervención en edificios y viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes, a fin de adecuarlos a la normativa vigente. En el caso de rehabilitación integral de un edificio solo será subvencionable el mismo número de viviendas existente antes de la rehabilitación. Los edificios deben ser de uso predominante residencial, y pueden ser de una o más viviendas.
b) Urbanización y Reurbanización. Ejecución de las siguientes obras de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano: b.1. Obras de urbanización y reurbanización material de los espacios públicos tales como pavimentación, jardinería, infraestructuras, instalaciones, servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético, alumbrado, recogida, separación y gestión de residuos, telecomunicaciones y utilización del subsuelo.
b.2. Obras de mejora de la accesibilidad de los espacios públicos.
b.3. Obras destinadas a mejorar la eficiencia ambiental en materia de agua, energía, uso de materiales, gestión de residuos y protección de la biodiversidad.
c) Renovación. Obras de demolición y edificación de viviendas de nueva construcción. Los nuevos edificios deberán tener una calificación energética mínima B, y cumplir en todo caso con las exigencias del Código Técnico de la Edificación. Solo será subvencionable el mismo número de viviendas nuevas equivalente a las originales demolidas.
Los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios y los consorcios y entes asociativos de gestión.
Publicadas en el BOA de 16 de enero de 2015:
ORDEN de 29 de diciembre de 2014 del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes por la que se convocan, para los ejercicios 2015 y 2016, ayudas de fomento a la rehabilitación edificatoria correspondientes al Plan Aragonés de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2014-2016
ORDEN de 29 de diciembre de 2014 del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes por la que se convocan, para el ejercicio 2015, ayudas de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios correspondientes al Plan Aragonés de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2014-2016
AYUDAS INFORME EVALUACIÓN EDIFICIO
Cuantía de las ayudas:
Condiciones:
Beneficiarios:
Actuaciones incluidas: rehabilitación de edificios consistente en la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes, dirigidas a:
Incluye obras y trabajos para subsanar deficiencias:
a) IEE o ITE desfavorable, relativas:
a1.) Cimentación, estructura e instalaciones.
a2) Cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes, solo si es BIC, catalogados o protegidos, o en conjunto histórico
a3) Resto solo si son simultaneas a calidad y sostenibilidad subvencionable.
b) Adaptación a normativa de instalaciones comunes
a) Envolvente térmica del edificio para reducir demanda energética. Deberá cumplir DB-HE1.
b) Instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de ACS y ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes.
c) Instalación de equipos de generación o de energías renovables que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio y la producción de agua caliente.
d) Mejora de la eficiencia energética de instalaciones comunes de ascensores e iluminación, del edificio o de la parcela
e) Mejora de las instalaciones que favorezcan el ahorro de agua, y la reutilización de las aguas grises y pluviales en el propio edificio o en la parcela o que reduzcan el volumen de vertido al sistema público de alcantarillado.
f) La mejora de instalaciones para recogida y separación de residuos.
g) Mejora del cumplimiento de DB-HR, protección contra el ruido.
h) El acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejorar la permeabilidad del suelo, adaptar la jardinería a especies de bajo consumo hídrico, optimizar los sistemas de riego y otras actuaciones bioclimáticas.
OJO: solo subvencionable si:
– Contiene actuaciones incluidas en una o varias de las letras a), b) o c), de forma que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida a la certificación energética, de al menos un 30% sobre la situación previa a dichas actuaciones.
Incluye obras e instalaciones de adecuación de edificios y accesos a las viviendas y locales, a la normativa vigente. En particular:
a) La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, (incluyendo accesibilidad sensorial), y adaptación de los existentes a la normativa sectorial correspondiente.
b) Productos de apoyo (grúas, etc) para acceso y uso de elementos comunes del edificio.
c) Elementos de información o de aviso y orientación.
d) Dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.
Máxima de 11.000 €/vivienda y por cada 100 m2 utiles de local (10% mas si en edificio es BIC o está protegido). Se calculará con los costes unitarios:
a) Nº de viviendas y nº locales/100 m2 multiplicados por:
1) Conservación
Conservación 2000€
Conservación + sostenibilidad 3000€
Conservación+sostenibilidad+accesibilidad 4000€
2) Sostenibilidad
Reducción demanda energética >30% 2000€
Reducción demanda energética >50% 5000€
3) Accesibilidad
4000€
b) Máximo 35% del coste subvencionable. Solo en accesibilidad máximo el 50%
Condiciones:
1. Los edificios de tipología residencial colectiva; tres requisitos:
a) Estar finalizados antes de 1981.
b) Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
c) Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
Puede descarga la documentacion de ayudas
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SUBVENCIÓN INFORME EVALUACIÓN EDIFICIO
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SUBVENCIÓN REHABILITACIÓN EDIFICIOS
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